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LEY 66 DE IMPUESTO DE INMUEBLE

Actualizado: 3 abr 2023

Artículo 763 del Código Fiscal de Panamá: "Son objeto del Impuesto de Inmuebles todos los terrenos situados en el territorio jurisdiccional de la República, así como los edificios y demás construcciones permanentes hechas o que se hicieren sobre dichos terrenos."



Uno de los temas a familiarizarse al momento de hacer compra de una propiedad es el Impuesto del Inmueble; si es tu primera propiedad, puedes tener muchas preguntas en relación a este tema porque probablemente desconoces de esto y no estás relacionado con las leyes del mismo. Para los que ya poseen alguna propiedad, ya deben conocer un poco del tema y/o han conocido la trayectoria de los últimos años sobre los cambios de las leyes o probablemente estarán conociendo una nueva aprobación de ley.

Sea cual sea la situación en la que te encuentras, es importante siempre conocer el monto adeudado en cuanto al impuesto de inmueble y de la misma manera estar al día para evitar recargos, multas e intereses acumulativos. De igual forma, es conveniente estar anuente de aprobaciones de proyecto de ley y nuevas leyes.

En Septiembre 2017 se aprobó el proyecto de Ley 509 sobre Impuesto de Inmueble publicado en gaceta oficial como Ley 66, el 17 de octubre de 2017 la cual empezó a regir el año 2019 con modificaciones y adiciones a ciertos articulo del Código Fiscal, que benefician a propietarios de inmueble con exoneraciones y reducciones de impuestos de inmueble, principalmente aquellos con propiedades residenciales y comerciales, y con la oportunidad de solicitar mejores tasas de cálculo al nombrar una propiedad residencial como patrimonio familiar o vivienda principal.

Acorde a esta Ley la tasa de cálculo de impuesto de inmueble queda de la siguiente manera:

Bajo titularidad de “Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal”

TASA PARA CÁLCULO

VALOR DE LA PROPIEDAD

0%

$0 - $120,000

0.5%

$120,000 - $700,000

0.7%

$700,000 en adelante

Todas aquellas propiedades que no entran como “Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal” (Propiedades Comerciales, Industriales, Segundas Residencias).

TASA PARA CÁLCULO

VALOR DE LA PROPIEDAD

0%

$0 - $30,000

0.6%

$30,000 - $250,000

0.8%

$250,000 - $500,000

1%

$500,000 en adelante

Además del tema de exoneraciones y reducciones de tasa, también se modifica y se hacen adiciones en los siguientes temas:

• Solicitud de descuento del 10% al pagar el impuesto de inmueble anual para los primeros meses del año, que es aplicable para las sociedades.

• Se establece como agente de retención al impuesto del inmueble a bancos y entidades financieras.

• Modificaciones de Leyes Especiales como la de Panamá Pacifico y Zonas Francas.

Reconocemos que el tema de Impuesto de Inmuebles y sus modificaciones no siempre es fácil de entender. De tener alguna consulta o pregunta en relación a este tema, no dude en hacérnoslo llegar a nuestro correo info@lfhpanama.com

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